NIC 36

Artículo 123. 123

Texto Legal

123
Al distribuir la reversión de una pérdida por deterioro del valor
correspondiente a una unidad generadora de efectivo siguiendo lo establecido en
el párrafo 122, el importe en libros de cada activo no debe ser aumentado por
encima del menor de:

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 123 del NIC 36?

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