NIC 36

Artículo 69. 69

Texto Legal

69
Las entradas de efectivo son entradas de efectivo y equivalentes al efectivo, recibidos
de partes externas a la entidad. Para identificar si las entradas de efectivo procedentes
de un activo (o grupo de activos) son en buena medida independientes de las entradas
de efectivo procedentes de otros activos (o grupos de activos), la entidad considerará
diferentes factores, incluyendo cómo la gerencia controla las operaciones de la
entidad (por ejemplo, por líneas de producto, negocios, localizaciones individuales,
distritos o áreas regionales), o cómo la gerencia adopta las decisiones de continuar o
disponer de los activos y operaciones de la entidad. El ejemplo ilustrativo 1
proporciona algunos ejemplos de identificación de unidades generadoras de efectivo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 69 del NIC 36?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 69 del NIC 36?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 69 NIC 36 desde tu celular