Constitucion

Artículo 254.

Texto Legal

- Gobierno municipal. El gobierno municipal será ejercido por un Consejo, el cual se integra con el alcalde los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos. *Artículo modificado por Acuerdo Legislativo N 18-93.

Preguntas Frecuentes

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