Constitucion

Artículo 151.

Texto Legal

- Relaciones con Estados afines. El Estado mantendrá relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados, cuyo desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular conjuntamente, políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas. TITULO IV PODER PUBLICO CAPÍTULO I EJERCICIO DEL PODER PUBLICO

Preguntas Frecuentes

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