NIC 36

Artículo 52. 52

Texto Legal

52
La estimación de los flujos netos de efectivo a recibir (o a pagar), por la
disposición de un activo al final de su vida útil, será el importe que la entidad
espera obtener por la venta del elemento, en una transacción en condiciones de
independencia mutua entre partes interesadas y debidamente informadas,
después de deducir los costos estimados de la disposición.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 52 del NIC 36?

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