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La entidad evaluará, al final de cada periodo sobre el que se informa, si existe
algún indicio de que la pérdida por deterioro del valor reconocida, en periodos
anteriores, para un activo distinto de la plusvalía, ya no existe o podría haber
disminuido. Si existiera tal indicio, la entidad estimará de nuevo el importe
recuperable del activo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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