Constitucion

Artículo 260.

Texto Legal

- Privilegios y garantías de los bienes municipales. Los bienes, rentas arbitrios y tasas son propiedad exclusiva del municipio y gozarán de las mismas garantías y privilegios de la propiedad de Estado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 260 del Constitucion?

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