Constitucion

Artículo 16.

Texto Legal

- Declaración contra sí y parientes. En proceso penal, ninguna persona puede ser obligada a declarar contra sí misma, contra su cónyuge o persona unida de hecho legalmente, ni contra sus parientes dentro de los grados de ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 16 del Constitucion?

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